SE DECLARA SITUACIÓN DE ALERTA POR RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIOS FORESTALES DEL 20 AL 23 DE JUNIO Y ALERTA POR TEMPERATURAS MÁXIMAS

Se declara la situación de *ALERTA por riesgo meteorológico de incendios los días 20, 21, 22 y 23 de junio*. Esta resolución produce efectos desde las *0.00 horas del 20 de junio hasta las 23.59 del 23 de junio*

Supone las siguientes *prohibiciones* :

1. Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.

2. Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.

3. Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.

4. Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.

5. Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio.

ALERTA POR INCENDIOS METEOROLÓGICOS

DESDE 24 DE JULIO HASTA EL SÁBADO 26 DE JULIO AMBOS INCLUIDOS.

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de CYL ha declarado el estado de alerta, por este motivo se declaran las siguientes prohibiciones y suspensiones.

1) Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.

2) Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.

3) Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.

4) Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.

5) Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente.

—>La Junta declara alerta de riesgo de incendios forestales